Sentencia N° 408 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de julio de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 408, Exp. 07-0293, 17/07/2007
Expediente07-0293
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2007-07-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de interpretación interpuesto por Didier Enrique Contreras Camargo, en relación con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. El recurrente argumentó que la falta de presentación de medios de prueba en el juicio viola la presunción de inocencia y coarta el derecho a solicitar diligencias de investigación. La Sala establece que el recurso de interpretación es preventivo y excepcional, y que no puede sustituir los recursos procesales ordinarios.

Extracto de la motiva

El Derecho, por tanto, es fundamentalmente un modo de control e integración social que impone conductas y premia o castiga su inobservancia, un deber ser legítimo amparado por su coercibilidad. Y en ese complejo jurídico, cada órgano tiene sus propias funciones y responsabilidades, entre ellos, el propio órgano de garantía constitucional que, en nuestro caso, es la Sala de Casación Penal de cara a las solicitudes de interpretación que le formulen sobre el contenido y alcance de las disposiciones legales de naturaleza penal substantiva y adjetiva. Coherente con los criterios jurisprudenciales de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a través del recurso de interpretación esta Sala de Casación Penal precisará el núcleo de los preceptos, valores o principios constitucionales, en atención a dudas razonables respecto al sentido y alcance de disposiciones legales establecidas en leyes penales substantivas y adjetivas, originadas en una presunta antinomia u oscuridad en los términos, cuya inteligencia sea pertinente aclarar por este órgano, a fin de satisfacer la necesidad de seguridad jurídica -sin que queden excluidos de por sí otros sentidos o alcances que la cultura política y jurídica o la ética pública desarrollen-.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación interpuesto por el ciudadano abogado DIDIER ENRIQUE CONTRERAS CAMARGO, respecto del alcance del numeral 5 del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

interpretacioncopppresuncion de inocenciamedios de pruebaderechos fundamentalesproceso penalinadmisibilidad

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