Sentencia N° 407 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de agosto de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 407, Exp. C08-205, 01/08/2008
ExpedienteC08-205
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-08-01
DecisiónAdmisible
Resumen
La Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar el recurso de apelación contra la sentencia que condenó a los acusados por homicidio calificado. Posteriormente, se interpusieron recursos de casación por la defensa de los acusados, quienes alegaron inmotivación en la decisión de la Corte de Apelaciones. La Sala de Casación Penal revisó los fundamentos de los recursos y decidió declarar admisibles los mismos, convocando a una audiencia pública para su discusión.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Revisados los fundamentos de los recursos presentados por la defensa de los acusados OLIVER JOSÉ BETANCOURT OLMOS y GILBERTO ELÍAS AGUIRRE SILVA, considera la Sala que los mismos cumplen con los extremos señalados en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual los declara admisibles y, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 466 eiusdem, convoca a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30). Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundada, la primera denuncia del recurso de casación propuesto por la defensa de la acusada ELIANA VIRGINIA RUIZ y declara admisible la segunda denuncia del mismo recurso, así como los recursos de casación de la defensa de los acusados OLIVER JOSÉ BETANCOURT OLMOS y GILBERTO ELÍAS AGUIRRE SILVA. Se convoca la correspondiente audiencia pública, de conformidad con el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días.
Palabras clave
homicidiocasacióninmunidadderecho a la defensaCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalaudiencia pública