Sentencia N° 406 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de noviembre de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 406, Exp. E17-329, 17/11/2017
ExpedienteE17-329
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2017-11-17
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano Oscar William Pilco Vergara, quien se encuentra detenido en Perú por la presunta comisión del delito de abuso sexual a adolescente. La Sala determinó su competencia para conocer del procedimiento y evaluó los requisitos legales para la extradición, concluyendo que se cumplen las condiciones necesarias para solicitarla, a pesar de no existir un tratado bilateral de extradición entre Venezuela y Perú.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Penal de conformidad con lo establecido en el artículo 266, numeral 9, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; el artículo 29, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; y el artículo 383 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir sobre la procedencia de la solicitud de extradición activa del ciudadano Oscar William Pilco Vergara y, al respecto, observa: El Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Bolívar, ordenó el inicio del procedimiento de extradición activa del ciudadano Oscar William Pilco Vergara, en virtud de su detención en el territorio de la República del Perú, por encontrarse vigente la orden de aprehensión decretada en su contra por su presunta participación en la comisión del delito de abuso sexual a adolescente con penetración vaginal y anal en acción continuada, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal.

Dispositiva

PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano OSCAR WILLIAM PILCO VERGARA, de nacionalidad peruana, identificado con la cédula de identidad de la República Bolivariana de Venezuela para extranjeros N° 82.087.864, para ser sometido a un proceso penal por su presunta participación en el delito de abuso sexual a adolescente con penetración vaginal y anal en acción continuada, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal. SEGUNDO: ASUME el firme compromiso ante la República del Perú, de que el ciudadano Oscar William Pilco Vergara, será juzgado únicamente por su presunta participación en la comisión del delito antes mencionado, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relativas al derecho al debido proceso (artículo 49), al principio de no discriminación (artículo 19), a la prohibición de la desaparición forzada de personas (artículo 45), al derecho a la integridad física, psíquica y moral y a la prohibición de que las personas sean sometidas a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (artículo 46, numeral 1) y al derecho a un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado (artículo 272), en caso de que el mismo resulte condenado por los señalados delitos. TERCERO: ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión y de las actuaciones que cursan en el expediente, al Poder Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.

Palabras clave

extradiciónabuso sexualadolescente

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