Sentencia N° 404 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de octubre de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 404, Exp. C16-303, 26/10/2016
ExpedienteC16-303
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-10-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado William Gustavo Uribe, defensor privado del adolescente condenado por abuso sexual a un niño con penetración. La Sala verifica los requisitos de admisibilidad del recurso y concluye que el mismo fue presentado dentro del lapso establecido, pero no cumple con los requisitos formales necesarios para su fundamentación. Por lo tanto, se declara sin lugar el recurso por ser manifiestamente infundado.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir, observa: El abogado defensor del adolescente (identidad omitida conforme con lo previsto en el parágrafo segundo del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), interpuso recurso de casación, mediante un escrito contentivo de un (1) folio útil, consignado ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda con sede en Los Teques, en el que señaló que pretendía “… anunciar casación de la sentencia dictada por la Corte, estando como estoy, dentro del lapso procesal establecido en el artículo 489-B de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes. …”. (Folio 105 de la pieza tres del expediente). Visto que el recurrente solo anunció recurso de casación, resulta oportuno señalar que el procedimiento que establecía el derogado Código de Enjuiciamiento Criminal, para el ejercicio del recurso de casación, comprendía dos actos independientes: el anuncio y la formalización; sin embargo, en el proceso penal vigente, previsto en el Código Orgánico Procesal Penal, así como el procedimiento de Responsabilidad Penal de Adolescente previsto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el recurso de casación depende exclusivamente de un único acto que consiste en la interposición de un escrito fundado, por lo que no existe lapso alguno para fundamentarlo con posterioridad. Al respecto, el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone los requisitos formales que debe contener el Recurso de Casación, en los términos siguientes: “Artículo 454. El recurso de casación será interpuesto ante la Corte de Apelaciones, dentro del plazo de quince días después de publicada la sentencia, salvo que el imputado o imputada se encontrare privado o privada de su libertad, caso en el cual este plazo comenzará a correr a partir de la fecha de su notificación personal, previo traslado. Se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación, o por errónea interpretación, expresando de qué modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios. Fuera de esta oportunidad no podrá aducirse otro motivo.”.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el Recurso de Casación interpuesto por el abogado William Gustavo Uribe, en su condición de defensor privado del adolescente (identidad omitida conforme con lo previsto en el parágrafo segundo del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con lo establecido en los artículos 454 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Palabras clave

casaciónabuso sexualadolescenteresponsabilidad penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca