Sentencia N° 403 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de julio de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 403, Exp. C08-207, 29/07/2008
ExpedienteC08-207
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-07-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta al recurso de casación interpuesto por Lupe Ángela Bustos Bustos, declaró con lugar el recurso, anulando el fallo impugnado que había decretado el sobreseimiento de la causa contra Oscar Alexis Sánchez por el delito de estafa. La Sala argumentó que el tribunal de apelaciones había incurrido en inmotivación al no analizar adecuadamente los alegatos de la víctima y los elementos de convicción presentados en el expediente, lo que vulneró su derecho a la defensa y al debido proceso.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir observa: La recurrente alegó en la denuncia del recurso de apelación lo siguiente: “…ejerzo recurso de apelación… por no valorar el tribunal las pruebas que reposan en autos, violando de esta manera el principio de exhaustividad probatoria, pues de haber valorado minuciosamente todo el expediente se hubiese percatado que hay una investigación abierta en la Fiscalía VI de Ambiente...”. Continuó su exposición con los alegatos siguientes: “...Se realizó la inspección tanto de mi casa como de la planta de tratamiento, donde informaron por escrito OFICIO 01-00-13-05- N° 01203, fecha 17 de agosto de 2005, emanado del Ministerio de Ambiente y de los Recursos Naturales, que mi casa debía ser demolida, cita textual: Demolición de la Vivienda Unifamiliar de tres niveles, propiedad de la ciudadana LUPE BUSTOS (denunciante) de acuerdo al artículo 72 Ordinal 3° de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, por cuanto se encuentra ubicada a menos de 25 metros de la Zona Protectora por Ley de un curso de agua, de acuerdo al artículo 17, ordinal 3° de la Ley Forestal de Suelos y Aguas, a fin de evitar daños por causas naturales (crecidas de las aguas, por fuertes precipitaciones, otros) y de Gaceta Oficial Extraordinaria N° 4.103 de fecha 2 de junio de 1989. Por otra parte, la Dirección de Desarrollo Urbano y Catastro abre un procedimiento administrativo a la Asociación Civil ASOLOMAS por construir una planta de tratamiento de aguas servidas sin cumplir con los retiros de Ley. Toda esa documentación está en el expediente…por lo que se puede evidenciar que el terreno que me vendieron no podía ser vendido…por lo que se deja ver la mala fe de la venta…”.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Lupe Ángela Bustos Bustos, en su condición de víctima, debidamente asistida; ANULA el fallo impugnado y ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que previa distribución, lo envíe a otra Sala de la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial Penal, para que dicte nueva sentencia, prescindiendo de los vicios que originaron la nulidad anterior. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
estafasobreseimientoderecho a la defensadebido procesocontrato de compraventazona protectoraley de aguasvicios del consentimiento