Sentencia N° 402 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de noviembre de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 402, Exp. C03-0470, 02/11/2004
ExpedienteC03-0470
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-11-02
DecisiónAbsolución

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Alejandro Angulo Fontiveros, decidió absolver al ciudadano Francisco Asdrúbal Urbáez Hernández del delito de homicidio intencional simple, tras considerar que no existían pruebas suficientes que demostraran su culpabilidad. La decisión se fundamentó en la violación del principio de presunción de inocencia y en la falta de pruebas contundentes que desvirtuaran dicha presunción por parte del Ministerio Público.

Extracto de la motiva

La Sala Penal ha establecido repetidamente que el escrito contentivo del recurso de casación debe indicar en forma concisa y clara los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación. Aparte de eso el recurrente deberá expresar de qué manera impugna el fallo, e indicar los motivos de procedencia, que han de ser fundamentados por separado. De la lectura del escrito contentivo del recurso de casación se evidencia que el recurrente no señaló el o los motivos en los que apoya sus alegatos. También denunció en forma conjunta vicios cometidos por el Tribunal de Juicio y por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Cabe advertir que no es el recurso de casación el medio para impugnar los vicios cometidos por los juzgados de Primera Instancia en su sentencia (en este caso la apreciación de las pruebas debatidas en el juicio oral) sino los vicios cometidos por las Cortes de Apelaciones.

Dispositiva

Primero: DESESTIMA por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la Defensa del ciudadano acusado FRANCISCO ASDRÚBAL URBÁEZ HERNÁNDEZ contra la sentencia dictada el 16 de septiembre de 2003 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Segundo: ANULA DE OFICIO la decisión del Juzgado Segundo (Mixto) de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico y de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal, corrige la infracción de ley advertida y, en consecuencia, ABSUELVE al ciudadano FRANCISCO ASDRÚBAL URBÁEZ HERNÁNDEZ antes identificado, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 407 del Código Penal.

Palabras clave

homicidio intencionalpresunción de inocenciarecurso de casacióndebido procesopruebasCorte de ApelacionesEstado Guárico

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