Sentencia N° 40 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de febrero de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 040, Exp. C25-827, 12/02/2026
ExpedienteC25-827
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-02-12
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la abogada Andreína Maricela Vílchez León, actuando como defensora del ciudadano Jhoander Gabriel Gutiérrez Valbuena. La decisión de la Corte de Apelaciones, que declaró sin lugar el recurso de apelación, se mantiene, ya que se concluye que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala determina que la recurrente no fundamentó adecuadamente su denuncia de vicios en la sentencia impugnada, lo que lleva a la desestimación del recurso.
Extracto de la motiva
La ciudadana Juez no hizo valoración del testimonio de la víctima en cuanto a la descripción de su agresor sexual, solo de forma ilógica concadeno a mi defendido, como el agresor por que la víctima, El tres (03) de marzo de 2024 cuando la llamada al Comando Policial, donde ella misma ratifica que la llamaron del comando, lo señala cuando ve su rostro, hasta este momento la víctima adolescente no había manifestado ni mucho menos indicado su agresor sexual en acta consta que lo señala por un presentimiento, este poseía tatuajes. En la Denuncia interpuesta el día 26 de febrero de 2024 ella no menciono en ningún momento que haya observado ni su rostro ni los tatuaje (sic) de mi defendido, que si tiene tatuajes pero son cincos y consta en el acta testimonial de Jhonader (sic) que riela en este expediente, la ciudadana JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO no le creó una suspicacia que la víctima, señale otra una característica relevante como es que su agresor tiene dificultades para caminar como (sic), y que su denuncia inicial ella haya manifestado que le informaron que la persona que vieron serca (sic) de su casa con una corneta se aun (sic) ciudadano al que apodan con el alias el PATUCO, pero que trabaja con la mafia del Perro de la Concepción. Y qué hoy en día ella no tenga certeza de cuál es la mano de mi defendido tiene los tatuajes si en la derecha o en la izquierda. Folio SESENTA Y UNO 61 al folio SESENTA Y TRES 63 PREGUNTA 46. OBSERVAR acta de denuncia130-22, SEGUNDO: folio: SESENTA Y TRES 63, la víctima en su testimonial manifiesta que en comunicación con la funcionaria Rosa Quintero, esta le dijo que se trasladará al comando que habían aprehendido unos sujetos en el sector, Folio SESENTA Y CINCO 65, la víctima indica que se apersono (sic) a la sede del comando policial que su tía ya se encontraba en el sitio que eran como 11:00 am y la atendió la Oficial Kimberly Romero, la dejan entrar, le indica que ya viene la patrulla, y le bajan uno por uno a los detenido, de primero baja al ciudadano que para alias el patuco y luego al alias balo y de ultimo a mi defendido, es día 03 de marzo 2022, que ella señala a mi defendido del cual aún no tenían ninguna información e identificación ni mucho menos sabia él, según acta policía sus alias (apodos), que la juzgadora escucho la testimonial en sala de audiencia oral reservada, donde al ciudadano aun sin identificar JHOANDER GABRIEL GUTIERREZ VALBUENA, los funcionarios le realizaron rueda de reconocimiento, sin la presencia de fiscales del ministerio publico sin su abogado, violentado el Debido proceso y las garantías constitucionales y la presunción de inocencia. Al igual que a la victima la expusieron en su integrad violando todas las disposiciones de lay (sic) de protección a la víctima, y el ciudadano juez de primera instancia no hizo valoración lógica y motivada.
Dispositiva
Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la profesional del Derecho Andreína Maricela Vílchez León, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 253.141, actuando como defensora del ciudadano JHOANDER GABRIEL GUTIÉRREZ VALBUENA, en contra de la decisión dictada en fecha 20 de junio de 2025, por la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Zulia, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por la mencionada abogada.
Palabras clave
casaciónviolencia sexualZuliasentenciaTribunal Supremo de Justicia