Sentencia N° 40 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de febrero de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 040, Exp. C02-0439, 19/02/2004
ExpedienteC02-0439
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-02-19
DecisiónANULA DE OFICIO el fallo dictado por la Sala Accidental Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas del 12 de agosto de 2002.
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, anula de oficio el fallo dictado por la Sala Accidental Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, debido a vicios en el proceso. La Sala observa que el tribunal de reenvío no examinó adecuadamente las pruebas relacionadas con el delito de realización de actividades de corretaje y dirección de operaciones relacionadas con el tráfico de estupefacientes, lo que llevó a la nulidad del fallo anterior. Se ordena remitir el expediente a un tribunal de reenvío para que dicte nueva sentencia.
Extracto de la motiva
La Sala considera que lo procedente y ajustado a Derecho es declarar la NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia dictada por la Sala Accidental Segunda de Reenvío de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. En consecuencia, la Sala se abstiene de conocer (en esta oportunidad) el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes: 1) ANULA DE OFICIO el fallo dictado por la Sala Accidental Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas del 12 de agosto de 2002. 2) Se abstiene de conocer el recurso de casación propuesto por el representante del Ministerio Público. 3) ORDENA remitir el expediente a un tribunal de reenvío para que dicte nueva sentencia prescindiendo de los vicios que dieron lugar a la nulidad del fallo anterior.
Palabras clave
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