Sentencia N° 398 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de octubre de 2016
TSJ/SCP, Sent. N° 398, Exp. C16-247, 25/10/2016
ExpedienteC16-247
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-10-25
DecisiónDesestima, por manifiestamente infundado el recurso de casación
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de Keyla Margarita Acuña Toloza, confirmando la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La sentencia original condenó a Acuña Toloza y a Yasir Rubio Grau a catorce años y seis meses de prisión por homicidio intencional calificado en grado de frustración, en relación con el maltrato a su hija de once meses de edad. La Sala argumenta que la defensa no fundamentó adecuadamente sus alegaciones sobre la supuesta errónea aplicación de la ley por parte de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal observa que las razones o fundamentos que la Defensa esgrimió contra la sentencia de alzada (apreciación de las pruebas), no guardan relación con la disposición legal señalada como infringida, pues dicha disposición sólo fija el lapso para que la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declare inadmisible o manifiestamente infundado el recurso de casación. Para que la denuncia de alguna infracción de ley pueda tramitarse, es necesario que se evidencie cada infracción, debiendo guardar relación el alegato expresado por el impugnante con el texto legal que se afirma fue infringido por parte de la Corte de Apelaciones, lo cual debió relacionar de manera precisa con las razones o motivos que daban lugar a la casación del fallo.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por el abogado Arturo Contreras Suárez, Defensor Privado de la ciudadana Keyla Margarita Acuña Toloza, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, el 4 de febrero de 2016, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Defensa Pública de los acusados Keyla Margarita Acuña Toloza (única recurrente en casación) y Yasir Rubio Grau, y CONFIRMÓ la sentencia dictada, el 5 de febrero de 2015, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, que los CONDENÓ a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, tipificado en el artículo 406, numeral 3, literal a, del Código Penal, en relación con el artículo 80 del mencionado texto legal, con la agravante establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.