Sentencia N° 397 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de agosto de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 397, Exp. E23-235, 27/10/2023
ExpedienteE23-235
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2023-08-02
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano Daniel Alberto Izaguirre Urasma, de nacionalidad venezolana, presentada por la República de Colombia por la presunta comisión del delito de feminicidio agravado. La decisión se fundamenta en el principio de no entrega de nacionales establecido en la Constitución y el Código Penal venezolano, que prohíbe la extradición de venezolanos por delitos comunes. La Sala también asumió el compromiso de enjuiciar al ciudadano en Venezuela por el delito imputado, garantizando sus derechos fundamentales durante el proceso judicial.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos: 266, numeral 9, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 29, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; 6 del Código Penal y 382 al 390 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir sobre la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 7 de 22 procedencia o no de la Extradición Pasiva del ciudadano DANIEL ALBERTO IZAGUIRRE URASMA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 12.716.331, por la comisión del delito de “feminicidio agravado” previsto en los “… Articulo 104 A. Adicionado por el artículo 2 de la Ley 1761/2015. (…) Articulo 104 B. Adicionado por el artículo 3 de la ley 1761 del 2015…” (sic), bajo los siguientes fundamentos de ley: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Dispositiva

PRIMERO: declara IMPROCEDENTE la solicitud de extradición pasiva del ciudadano DANIEL ALBERTO IZAGUIRRE URASMA, de nacionalidad venezolana, identificado en el expediente con el documento de identidad número. V- 12.716.331, presentada por la República de Colombia, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículo 6 del Código Penal venezolano, y el artículo 9, numeral 1 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía. SEGUNDO: el Estado venezolano representado por la Máxima Instancia del Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, ASUME para con la República de Colombia, el firme compromiso de enjuiciar al ciudadano DANIEL ALBERTO IZAGUIRRE URASMA, de nacionalidad venezolana, por la presunta comisión del delito de feminicidio agravado.

Palabras clave

extradiciónfeminicidioVenezuelaColombia

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