Sentencia N° 395 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de noviembre de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 395, Exp. E17-153, 10/11/2017
ExpedienteE17-153
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2017-11-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la solicitud de extradición del ciudadano Roberto Alexis Taype Pérez, presentada por el Gobierno de la República del Perú. Se destaca que el Estado venezolano actúa con responsabilidad en materia de extradición, pero se reserva el derecho de concederla o negarla según los principios de su legislación nacional. La Sala determina su competencia para conocer la solicitud y ordena al Ministerio Público continuar con la búsqueda del ciudadano requerido, quien está acusado de estafa en agravio de la empresa Ches S.R.L.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 266, numeral 9, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 29, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, 6 del Código Penal, 382, 386 y siguientes, del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir sobre la solicitud formal de extradición del ciudadano Roberto Alexis Taype Pérez, de nacionalidad peruana y venezolana adquirida, quien aparece identificado en el expediente con el documento nacional de identidad peruano N° 25.835.824, y con la cédula de identidad venezolana N° 24.663.110, presentada por el Gobierno de la República del Perú, mediante nota verbal 5-24-F/76, del 3 de mayo de 2017. En tal sentido, cabe señalar que el Estado venezolano respecto a la extradición obra con un alto sentido de responsabilidad y acepta la extradición como una obligación moral conforme al Derecho Internacional, pero se reserva la absoluta libertad para concederla o negarla, tomando en cuenta si en el caso concreto se contrarían los principios de nuestra legislación nacional o no estuviese conforme con la razón y la justicia. En tal sentido, es evidente que las disposiciones precedentemente citadas resultan plenamente aplicables en el presente caso, razón por la cual esta Sala de Casación Penal resolverá de acuerdo con ellas (por ser leyes vigentes en la República), y conforme con las prescripciones del Derecho Internacional y el Principio de Reciprocidad, que consagra el derecho de igualdad y mutuo respeto entre los Estados y la posibilidad de brindarse y asegurarse un trato idéntico, en el cual el Estado requirente debe mantener en general una actitud de cooperación en materia de extradición.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA oficiar al Ministerio Público para que dé las instrucciones a fin de continuar con la búsqueda y eventual localización del ciudadano ROBERTO ALEXIS TAYPE PÉREZ, quien es requerido por las autoridades del Gobierno de la República del Perú, a propósito de su eventual juzgamiento por la presunta comisión del delito “CONTRA EL PATRIMONIO-ESTAFA”, previsto en el artículo 196 del Código Penal de la República del Perú; ello con el objeto de proseguir con el procedimiento establecido en los artículos 387 y 390 del Código Orgánico Procesal Penal venezolano. Se acuerda el ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, contentivo de la presente solicitud de detención con fines de extradición.
Palabras clave
extradiciónestafaRoberto Alexis Taype PérezGobierno de Perú