Sentencia N° 394 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de julio de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 394, Exp. A24-305, 19/07/2024
ExpedienteA24-305
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2024-07-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por Javier Enrique Arteaga González, en relación a la causa penal EP01-P-2023-000110. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que regulan la procedencia del avocamiento. Se argumenta que el solicitante no agotó los recursos ordinarios antes de acudir a esta figura procesal.

Extracto de la motiva

motivación y el dispositivo de las decisiones pronunciadas en cada audiencia, el cual será diferente al auto de apertura a juicio que se dicta con posterioridad a aquel en la fase preliminar del proceso, en aras de permitir el orden procesal necesario para garantizar el ejercicio de los aludidos derechos constitucionales de las partes (...omissis...)" [Resaltado de la Sala]. Adicionalmente a lo señalado ut supra; resulta aún más grave la situación aquí planteada, ya que el pasado trece (13) de noviembre de 2023, se interpuso por ante el prenombrado tribunal de Control una acción de amparo sobre derechos y garantías constitucionales infringidas, expediente N.º EP01-0-2023- 000006; la cual, fue declarada inadmisible, en fecha treinta (30) de noviembre de 2023, y en consecuencia, se impugnó por ante la Corte Única de Apelaciones dicho fallo, en fecha ocho (8) de diciembre de ese mismo año, visto las flagrantes vulneraciones de derechos y garantías constitucionales; cuyo tribunal superior Colegiado, ordenó de Oficio el pasado seis (06) de marzo de 2024, la reposición de la causa a un tribunal de Primera Instancia distinto al que tuvo conocimiento originalmente de la acción de amparo constitucional, entiéndase uno diferente al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas; cuyo juzgado tardó aproximadamente un mes calendario, 09 de abril de 2024, para distribuir el expediente del amparo constitucional al Tribunal Primero de Primera Instancia en

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento interpuesta por el ciudadano JAVIER ENRIQUE ARTEAGA GONZÁLEZ, por incumplimiento de lo establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

avocamientoinadmisibleviolencia psicológicaderechos constitucionales

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