Sentencia N° 394 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de noviembre de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 394, Exp. CC04-0418, 01/11/2004
ExpedienteCC04-0418
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-11-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre un conflicto de competencia en un juicio por homicidio intencional. Se determinó que el ciudadano imputado, JOSÉ RANGEL COLMENARES, tenía diecinueve años al momento de la comisión del delito, lo que corresponde a la jurisdicción penal ordinaria. La Sala declaró competente al Tribunal N° 1 de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure para conocer el juicio, remitiendo el expediente a dicho juzgado.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el ciudadano imputado JOSÉ RANGEL COLMENARES fue identificado en las declaraciones de los testigos como YOFRE RANGEL COLMENARES. El 3 de septiembre de 2004, la ciudadana abogada ROSELIN CELIS CHARAIMA, Defensora Pública de Adolescentes, consignó en el expediente una copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano YOFRE RANGEL COLMENARES y expuso lo siguiente: “...en esta se evidencia que el imputado de la presente causa nació el día 29-10-1984, por lo que hasta la presente fecha tiene 19 años de edad, en virtud de ello solicito a este Tribunal decline la competencia al Tribunal de Control Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 534 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...”. Se constata en el texto del acta de nacimiento que fue expedida según el Decreto N° 2686 del 13 de noviembre de 2003, emanado de la Presidencia de la República y mediante el cual se dictó el Reglamento de la Ley Orgánica de Identificación para la Identificación de los Indígenas. Además expresa que el ciudadano imputado YOFRE RANGEL COLMENARES nació el 29 de octubre de 1984 en la comunidad indígena La Mata, Parroquia Rincón Hondo, Estado Apure. De manera que el ciudadano imputado, para la fecha en que se cometió el delito que dio lugar a este proceso, tenía diecinueve años de edad y por tanto el conocimiento de la causa corresponde a la jurisdicción penal ordinaria.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara COMPETENTE al Tribunal N° 1 de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure para conocer el juicio seguido contra el ciudadano imputado JOSÉ RANGEL COLMENARES. En consecuencia remítase el expediente a dicho Juzgado.
Palabras clave
competenciahomicidio intencionaljurisdicción penalidentificaciónacta de nacimientociudadano imputadotribunal de control