Sentencia N° 393 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de noviembre de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 393, Exp. C22-85, 25/11/2022
ExpedienteC22-85
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-11-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por los abogados de las víctimas, argumentando que fue presentado de manera extemporánea. El recurso buscaba impugnar la decisión de la Sala 1 de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación contra un fallo que había declarado con lugar las excepciones opuestas por la sociedad mercantil GRUVISO C.A. y decretado el sobreseimiento de la causa por prescripción ordinaria. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de los plazos establecidos por el Código Orgánico Procesal Penal para la interposición del recurso.

Extracto de la motiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA inadmisible por extemporáneo el recurso de casación interpuesto, el 8 de febrero de 2022, por los abogados VÍCTOR MANUEL OCHOA y OTHONIEL TORTOLERO RÍOS, en su carácter de apoderados judiciales de las víctimas, ciudadanos LUISANA SEIJAS QUINTANILLA, TITO ANTONIO PINEDA MEDINA, CAMACHO DUQUE ANDRÉS FELIPE, ALBA INÉS D´CARO DE CAMACHO, LUGO SANTELIZ FRANCIS BEATRIZ, PIÑERO CONTRERAS TONY JOSÉ, MÉNDEZ MORA YAMILET CAROLINA, GIMÉNEZ SINGER ALBERTO JOSÉ y CONTRERAS DE GIMÉNEZ DILMAR YANETH, MENDOZA DUQUE JULIRETH NAYMARI y REYES VELOZ EDYUMER YOEL, contra la decisión dictada y publicada el 19 de noviembre de 2021, por la Sala 1 de la Corte de Apelaciones y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por los Representantes Legales de las víctimas de autos, contra la decisión dictada el 25 de mayo de 2021 y publicada el 7 de junio de 2021, por el Tribunal 9° de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, que declaró CON LUGAR las excepciones opuestas, presentadas por los apoderados judiciales de la SOCIEDAD MERCANTIL GRUVISO C.A. (investigada), por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal venezolano, y decretó el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de casación interpuesto el 8 de febrero de 2022.

Palabras clave

casacióninadmisibleestafaprescripción

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