Sentencia N° 391 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de julio de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 391, Exp. C07-0163, 12/07/2007
ExpedienteC07-0163
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-07-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada MIRIAM MORANDY MIJARES, revisó el recurso de casación interpuesto por los defensores de los acusados ARTURO GABRIEL BALBUENA RIVERO y DARKI ALEXANDER QUINTANA, quienes habían sido condenados a diez años de prisión por robo agravado y lesiones personales. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que había condenado a los acusados. La Sala consideró que la Corte de Apelaciones cumplió con los requisitos de motivación exigidos por la ley y que no hubo violación de derechos fundamentales en el proceso.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir: De la anterior transcripción se observa que la razón no asiste a los recurrentes, pues la Corte de Apelaciones expresó las razones por las cuales declaró sin lugar cada uno de los alegatos expuestos por la defensa en el escrito de apelación relativos a la motivación del fallo dictado por el Tribunal de Juicio que resultó condenatorio. En efecto, la Sala Penal al revisar las actuaciones, así como los argumentos desarrollados en la sentencia recurrida notó, que la misma tiene la plenitud de bastarse así misma y de cumplir con los requisitos exigidos por la ley; y la jurisprudencia para garantizar el derecho que tienen los acusados de saber por qué se les condenó, con base, en el análisis congruente, lógico, decantado del proceso y de los hechos, circunstancias o detalles propios de la situación controvertida y juzgada; cumpliendo así la Corte de Apelaciones con el contenido del artículo 364 (numeral 4) del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
La Sala Penal declara SIN LUGAR las denuncias propuestas por los recurrentes y confirma la sentencia dictada el 29 de enero de 2007, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. Así se decide.
Palabras clave
robo agravadolesiones personalesrecurso de casaciónmotivación de la sentenciaderechos fundamentalesCorte de ApelacionesTribunal Supremo de Justicia