Sentencia N° 391 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 391, Exp. C06-0255, 07/08/2006
ExpedienteC06-0255
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-08-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de agosto de 2006, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público, anulando la sentencia de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Corte de Apelaciones había cambiado la calificación del delito de homicidio intencional simple a homicidio culposo, lo que fue cuestionado por el recurrente por falta de motivación adecuada en la sentencia impugnada. La Sala determinó que la Corte de Apelaciones no había expresado los fundamentos de hecho y de derecho que justificaran su decisión, lo que llevó a la nulidad de la sentencia.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, al conocer de las denuncias formuladas en la apelación, por el recurrente expresó: '…Manifiesta la Abogada María… en su primera denuncia señala inmotivación de la recurrida, ya que la juzgadora no valoró la omisión de socorro imputada por la Fiscalía, manifestando que en el presente caso existieron tres circunstancias en la ocurrencia del hecho, efecto de bebidas alcohólicas, exceso de velocidad y la fuga del conductor, circunstancias probadas y que el Tribunal no tomó en cuenta al momento de la decisión.' En relación a esta denuncia,… esta Alzada revisará el fallo impugnado… Observando que los Juzgadores de la recurrida, presenciaron de manera ininterrumpida la evacuación de las pruebas testifícales de los Funcionarios de Tránsito:… y las pruebas documentales:… Terminada la evacuación de pruebas, el Tribunal a quo, antes de dar inicio a las conclusiones de la Representación Fiscal y Defensa, procede de conformidad con el artículo 350 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar un cambio de calificación jurídica de la acusada por la Fiscalía de Homicidio Intencional Simple, a Título de Dolo Eventual y Omisión de Socorro, previsto y sancionado en el artículo 407 y 420 del Código Penal (vigente para la época), por Homicidio Culposo previsto y sancionado en el artículo 411 del mismo Código Penal, fundamentando esta decisión, según las probanzas evacuadas en el debate oral y público, tal como se transcribe textualmente:…(Omissis)…

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Décimo del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; ANULA la sentencia dictadas por la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial; y ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de que otra Sala de la Corte de Apelaciones dicte nueva sentencia, prescindiendo de los vicios que dieron lugar a la presente nulidad.

Palabras clave

homicidio culposorecurso de casaciónomisión de socorroexceso de velocidadbebidas alcohólicasresponsabilidad penalsentencia penal

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