Sentencia N° 39 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de febrero de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 039, Exp. C03-0508, 19/02/2004
ExpedienteC03-0508
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-02-19
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, revisó el fallo de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar los recursos de apelación interpuestos por la madre de la víctima y el Ministerio Público, quienes cuestionaban la absolución del acusado por el delito de abuso sexual. La Sala determinó que la conducta del acusado era atípica, ya que no se demostró la falta de consentimiento de la víctima, una adolescente de catorce años. La decisión se fundamentó en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que establece que el acto carnal consensuado no constituye delito.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal estima necesario indicar que la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por ser una ley especial, además con carácter orgánico, es de aplicación preferente sobre las disposiciones del Código Penal, siempre y cuando estas sean contrarias a las disposiciones de la ley especial. En el caso que nos ocupa, no quedó demostrada la falta de consentimiento por parte de la adolescente, y es por esta razón que certeramente, afirma tanto primera instancia como la Corte de Apelaciones, que la conducta desplegada por el ciudadano ANDRÉS ELOY NÚÑEZ LANDÁEZ es una conducta atípica debido a que no puede encuadrarse dentro de ningún tipo penal; por lo tanto la acción desplegada por NÚÑEZ LANDÁEZ no es constitutiva de delito.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley hace los pronunciamientos siguientes: 1) DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la ciudadana ESTHER VILLARROEL SÁNCHEZ, y 2) DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano TUTANKAMEN HERNÁNDEZ ROJAS, Fiscal del Ministerio Público.
Palabras clave
abuso sexualconsentimientoadolescenteCódigo PenalLey Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentecasacióninocenciaderechos del niño