Sentencia N° 389 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de julio de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 389, Exp. C24-319, 19/07/2024
ExpedienteC24-319
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-07-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la abogada Vestalia Rafaela Tovar Medina, actuando como apoderada judicial del ciudadano Carlos Martínez, en contra de la decisión de la Sala Dos de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación. La decisión de la Corte de Apelaciones confirmaba la suspensión condicional del proceso penal seguido a los ciudadanos Domingo Alberto Plaz Casado y Carlos Alfredo Haydon Lamberti por el delito de lesiones del trabajador con discapacidad permanente.
Extracto de la motiva
En cuanto a la recurribilidad, cabe señalar que tiene su fundamento en lo que la doctrina denomina -impugnabilidad objetiva-, la cual se encuentra establecida en el artículo 423 del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido, la norma antes referida dispone que “…Las decisiones judiciales serán recurribles solo por los medios y en los casos expresamente establecidos. …”; en consecuencia, de lo antes transcrito, se desprende que la impugnabilidad de los actos procesales procederá únicamente en razón de los recursos y los motivos expresamente señalados en la Ley. En tal sentido, se verifica que el proceso penal instaurado en contra de los ciudadanos DOMINGO ALBERTO PLAZ CASADO y CARLOS ALFREDO HAYDON LAMBERTI, por la presunta comisión del delito de LESIONES DEL TRABAJADOR O LA TRABAJADORA CON DISCAPACIDAD PERMANENTE, previsto y sancionado en el artículo 131, numeral 3, de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, constatándose al respecto, que en la celebración de la audiencia de imputación solicitada por el Ministerio Público por el señalado ilícito penal, llevado a cabo en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de enero de 2024, y fundamentada el 18 del mismo mes y año, se pronunció como se indica a continuación: “...Revisadas las actas, este Juzgado pasa a verificar si se encuentran los presupuestos necesarios para la procedencia de Suspensión Condicional del Proceso. En este sentido, el artículo 359 del Código Orgánico Procesal Penal señala que las condiciones para otorgar una Suspensión Condicional del Proceso. Vista manifestación por los imputados en apegarse la fórmula alternativa del procesal, este Tribunal ACUERDA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, por un lapso de CINCO (5) MESES, en el presente asunto. Al respecto, este Juzgado da cuenta de que en el expediente consta en primer lugar, los recibos de pago realizados al ciudadano; CARLOS MARTÍNEZ (victima), por parte de los hoy imputados, en segundo lugar, los recibos de pagos de la factura asociadas a los gastos médicos en los cuales se incurrió como consecuencia del accidente sufrido por el ciudadano; CARLOS MARTÍNEZ. Es claro que tales pagos
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la abogada Vestalia Rafaela Tovar Medina, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 126.793, actuando como apoderada judicial del ciudadano Carlos Martínez en su condición de víctima.
Palabras clave
recurso de casaciónlesionessuspensión condicionalproceso penalimpugnabilidadderechos del trabajador