Sentencia N° 389 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de octubre de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 389, Exp. C04-0439, 29/10/2004
ExpedienteC04-0439
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-10-29
DecisiónAnula de oficio
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, anula de oficio las sentencias dictadas por el Tribunal N° 2 de Control y la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, debido a la inobservancia de los derechos constitucionales de la víctima, específicamente el derecho a ser oída antes de dictar el sobreseimiento. Se ordena la realización de una audiencia para que la víctima exponga sus alegatos, y se remite el expediente a un nuevo juzgado de control para su distribución y cumplimiento de lo decidido.
Extracto de la motiva
En consecuencia, lo procedente y ajustado a Derecho es anular de oficio la decisión dictada por el Tribunal N° 2 de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, porque inobservó los artículos 21 y 49 de la Constitución de la República y el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se anula de oficio la sentencia de la Corte de Apelaciones pues convalidó tal infracción. Se ordena al Tribunal de Control que realice una audiencia para que la víctima exponga sus alegatos.
Dispositiva
1) DE OFICIO ANULA las sentencias dictadas el 20 de marzo de 2003 por el Tribunal N° 2 de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua y el 29 de julio de 2004 por la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal. 2) REMITE el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua para su distribución a un nuevo juzgado de control y se dé cumplimiento a lo aquí decidido. 3) Notifíquese al Tribunal N° 2 de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua y a la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal.