Sentencia N° 388 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de noviembre de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 388, Exp. C12-116, 06/11/2013
ExpedienteC12-116
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-11-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el abogado Rafael Rosales Díaz, defensor de Deivid Jackson Moreno Aponte, quien había sido condenado a quince años de prisión por homicidio calificado. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Tribunal Primero de Juicio, que consideró que no hubo violación de derechos fundamentales ni de garantías procesales en el juicio. La Sala analizó las denuncias de la defensa sobre la falta de aplicación de normas y la valoración de pruebas, concluyendo que la sentencia recurrida estaba debidamente motivada y que la defensa no agotó los recursos disponibles para solicitar pruebas durante la fase preparatoria.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la defensa denunció que la Corte de Apelaciones no dio respuesta a la denuncia realizada en su apelación en relación a que el Ministerio Público durante la fase de investigación o preparatoria, no ordenó la realización de la experticia de Análisis de Trazas de Disparo (A.T.D) al acusado, la cual (según la defensa) hubiera sido fundamental para comprobar la no participación de éste en el hecho investigado. Por su parte la recurrida al momento de dar respuesta al recurso de apelación ejercido por la defensa, indicó: '…incumbe ahora pronunciarse con relación al Capitulo séptimo del escrito de apelación, subtitulado como: Denuncia sobre la violación del Principio de Igualdad y Oportunidad de la Prueba, cuando el acusado solicitó la prueba de ATD en la audiencia de presentación...'. En este sentido, el Punto Primero está referido a la supuesta indefensión producida al no ser admitida en la audiencia de presentación de detenido, celebrada en fecha 08 de febrero de 2007, por ante el juzgado Décimo de Control... La Sala aprecia de las actuaciones que cursan en el expediente así como de lo anteriormente transcrito, que la sentencia impugnada se pronunció acerca del punto impugnado por la defensa en su recurso de apelación, por lo que sí dio una congrua respuesta a la denuncia.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación incoado por el ciudadano abogado RAFAEL ROSALES DÍAZ, Defensor ciudadano DEIVID JACKSON MORENO APONTE, contra la decisión por la Corte Accidental de Apelaciones número 47 del estado Aragua, de fecha 23 de junio de 2010. Publíquese, regístrese, notifíquese.
Palabras clave
Homicidio CalificadoRecurso de CasaciónDerecho a la Defensa