Sentencia N° 388 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de octubre de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 388, Exp. C12-201, 24/10/2012
ExpedienteC12-201
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-10-24
DecisiónADMITE el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada JESSICA DE LOS ÁNGELES PARRA VILLASMIL, actuando en su condición de defensora privada del ciudadano HENRY DE LA HOZ PUCHE, contra la sentencia No. 007-12 dictada el nueve (9) de abril de 2012 por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por la abogada Jessica de los Ángeles Parra Villasmil en representación de Henry de la Hoz Puche, contra la sentencia No. 007-12 dictada por la Corte de Apelaciones del Estado Zulia. La decisión se basa en la revisión de la admisibilidad del recurso, donde se constató que la abogada cumplía con los requisitos de juramentación y legitimación para actuar como defensora. Asimismo, se desestimó el recurso de casación presentado por la misma abogada contra la sentencia No. 314-11 por ser inadmisible.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal ADMITE el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada JESSICA DE LOS ÁNGELES PARRA VILLASMIL, actuando en su condición de defensora privada del ciudadano HENRY DE LA HOZ PUCHE, contra la sentencia No. 007-12 dictada el nueve (9) de abril de 2012 por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. En consecuencia, CONVOCA a una audiencia pública que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30). Así se decide.

Dispositiva

1) Declara DESESTIMADO POR INADMISIBLE el recurso de casación incoado por la ciudadana abogada JESSICA DE LOS ÁNGELES PARRA VILLASMIL, actuando en su condición de defensora privada del ciudadano HENRY DE LA HOZ PUCHE, contra la sentencia No. 314-11 dictada el veintiocho (28) de noviembre de 2011, por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 459 y 465 del Código Orgánico Procesal Penal. 2) ADMITE el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada JESSICA DE LOS ÁNGELES PARRA VILLASMIL, actuando en su condición de defensora privada del ciudadano HENRY DE LA HOZ PUCHE, contra la sentencia No. 007-12 dictada el nueve (9) de abril de 2012 por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. 3) CONVOCA a una audiencia pública que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30).

Palabras clave

recurso de casaciónrobo agravadoadmisibilidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca