Sentencia N° 387 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de noviembre de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 387, Exp. E24-600, 10/07/2025
ExpedienteE24-600
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2024-11-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia número 599, en la que se acordó notificar a la República del Perú sobre el término perentorio de sesenta días para presentar la solicitud formal de extradición del ciudadano HENNRY AUGUSTO MENDOZA VIERAS. Se establece que, de no presentarse la documentación requerida en dicho plazo, se ordenará la libertad sin restricciones del mencionado ciudadano, conforme al artículo 388 del Código Orgánico Procesal Penal. La decisión se fundamenta en la falta de documentación judicial que sustentara la solicitud de extradición, siendo solo válida la Notificación Roja Internacional emitida por INTERPOL. La Sala ordena colocar al ciudadano a la orden del Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua para verificar su situación jurídica y decidir sobre la medida de privación de libertad. Finalmente, se ordena archivar el expediente relacionado con la solicitud de detención preventiva con fines de extradición, y se remite copia certificada de la sentencia al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores para su notificación a la República del Perú.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Precisado lo anterior, la Sala de Casación Penal al verificar que en la oportunidad en que se recibió el presente expediente contentivo del procedimiento de extradición, se constató la falta de la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 12 de 17 documentación judicial que sustentara la solicitud de extradición del ciudadano HENNRY AUGUSTO MENDOZA VIERAS, por requerimiento de las autoridades de la República del Perú, la cual resultaba necesaria para examinar los requisitos de fondo que en derecho interno e internacional rigen en materia de extradición. En e

Dispositiva

PRIMERO: Se ACUERDA colocar a la orden del Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, al ciudadano HENNRY AUGUSTO MENDOZA VIERAS, venezolano, identificado en la presente causa con la cédula de identidad número V-23.920.009, a los fines que se proceda, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, luego de recibida la copia certificada de la presente sentencia, a convocar una audiencia, previa citación del Ministerio Público, con la finalidad de verificar la situación jurídica en el país del ciudadano previamente mencionado, y se decida sobre el mantenimiento o no de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que recae en su contra, sin perjuicio de acordar nuevamente la privación de libertad sí posteriormente es recibida dicha solicitud, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 388 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ORDENA el ARCHIVO del expediente contentivo de la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano HENNRY AUGUSTO MENDOZA VIERAS, venezolano, identificado en la presente causa con la cédula de identidad número V-23.920.009. TERCERO: Se ACUERDA remitir copia certificada de la presente sentencia al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, a los fines que notifique a la República del Perú como Estado requirente.

Palabras clave

extradiciónHENNRY AUGUSTO MENDOZA VIERASNotificación RojaRepública del Perú

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