Sentencia N° 386 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de agosto de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 386, Exp. C08-424, 06/08/2009
ExpedienteC08-424
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-08-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, decidió sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de Junior Isaac Sepúlveda Molina, quien había sido condenado por homicidio calificado y robo agravado. La Corte de Apelaciones había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación, absolviendo a Sepúlveda del porte ilícito de arma y condenándolo a veinticuatro años y nueve meses de prisión por los otros delitos. La Sala, al revisar el caso, encontró que la Corte no aplicó correctamente la pena correspondiente al homicidio calificado en la ejecución de un robo, por lo que corrigió la calificación del delito y estableció una pena más justa de veintiún años y diez meses de prisión.

Extracto de la motiva

Considera esta Alzada, partiendo del hecho acreditado en la sentencia recurrida, que efectivamente quedó demostrada la participación y responsabilidad penal del acusado JUNIOR ISAAC SEPULVEDA en la comisión de los delitos de: Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405, en perjuicio de Trino Colmenares Carrero; Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5, en relación con las agravantes establecidas en los numerales 1, 2, 3, 5 y 12 del artículo 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de Trino Colmenares; y Homicidio Calificado con Alevosía en Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el artículo 406, numeral 1 y 424 del Código Penal, en perjuicio de Yenderson José Ángulo; en concurso real de delitos de conformidad con lo establecido en los artículos 86 y 87 del Código Penal, por existir una pluralidad de hechos delictivos independientes entre sí, que concretan diversas violaciones de la ley penal, puestos a cargo de un solo sujeto que los ha cometido, pues resultó acreditado en la sentencia, que el ciudadano Junior Isaac Sepúlveda junto con Jeiber Velasco y Rodolfo Peña, tenían un plan para robarle el vehículo al ciudadano Trino Colmenares; que en la ejecución de dicho robo, dieron muerte al ciudadano Trino Colmenares; que durante la ejecución del robo intervinieron más de dos personas (Junior Isaac Sepúlveda, Jeiber Velasco y Rodolfo Peña) para asegurar el producto final, aprovechándose de la indefensión de la víctima; que luego de haber sido señalado por Jesús Alcides Hurtado, Junior Isaac Sepúlveda en compañía de otro sujeto, vestidos de negro y portando armas de fuego, se presentaron al lugar donde se encontraba dicho ciudadano para matarlo, efectuaron varios disparos y resultó muerto Yenderson José Angulo.

Dispositiva

1. DECLARA SIN LUGAR la segunda denuncia del recurso de casación propuesto por la defensa del acusado JUNIOR ISAAC SEPÚLVEDA. 2. DECLARA CON LUGAR la tercera denuncia del mismo recurso y, en consecuencia CONDENA al acusado JUNIOR ISAAC SEPÚLVEDA a cumplir la pena de veintiún (21) años y diez (10) meses de prisión, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1° del Código Penal y HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1°, en relación con el 424 y 88 del Código Penal.

Palabras clave

homicidio calificadorobo agravadopenacasacióndefensa públicaTáchiraCódigo Penalconcurso real

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