Sentencia N° 385 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de noviembre de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 385, Exp. E17-302, 03/11/2017
ExpedienteE17-302
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2017-11-03
DecisiónNotificar a la República de Panamá sobre el término perentorio para la solicitud de extradición
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, notifica a la República de Panamá sobre la detención de RAFAEL ÁNGEL GAVIDIA MACHADO, solicitado por la presunta comisión de delitos contra la economía nacional. Se establece un término perentorio de sesenta días para que Panamá presente la solicitud formal de extradición y la documentación necesaria. En caso de no cumplir con este plazo, se ordenará la libertad del ciudadano.
Extracto de la motiva
Una vez recibido el expediente por la Sala de Casación Penal, y revisadas las actuaciones detalladas anteriormente, se verificó que no consta en autos la solicitud formal de extradición del ciudadano RAFAEL ÁNGEL GAVIDIA MACHADO, de nacionalidad venezolana, identificado en el expediente con la cédula número 14.527.558, quien se encuentra solicitado por la República de Panamá. Tampoco consta la documentación judicial que sustente dicha petición, la cual resulta necesaria para examinar los requisitos de fondo que en materia de derecho interno e internacional rigen en materia de extradición. En efecto, solo consta la NOTIFICACIÓN ROJA, de fecha 4 de octubre de 2017, emitida contra el ciudadano RAFAEL ÁNGEL GAVIDIA MACHADO, por la República de Panamá, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la Economía Nacional y la Fe Pública en la modalidad de CLONACIÓN DE TARJETAS, previsto y sancionado en el Título VII, Capítulo I y Título XII, Capítulo VII del Libro Primero del Código Penal de Panamá.
Dispositiva
Por todas las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, ACUERDA NOTIFICAR a la República de Panamá, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene, a partir de su efectiva notificación, para proponer la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria, en relación con el ciudadano RAFAEL ÁNGEL GAVIDIA MACHADO, de nacionalidad venezolana, identificado en el expediente con la cédula número 14.527.558; debiendo especificarse que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso por la República de Panamá, la Sala ordenará la libertad del mencionado ciudadano.