Sentencia N° 384 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de octubre de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 384, Exp. R12-233, 24/10/2012
ExpedienteR12-233
PonenteYANINA BEATRIZ KARABÍN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicacion
Fecha de la decisión2012-10-24
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación de juicio presentada por el abogado Clemente López Cumaná, defensor de la ciudadana Yaritza Tibisay Sánchez. La solicitud fue motivada por la alegación de irregularidades y vicios en el proceso penal que se sigue en su contra en el Estado Zulia, donde se le acusa de invasión y defraudación. La Sala, tras analizar los fundamentos legales y los hechos expuestos, determinó que no se cumplían los requisitos establecidos en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal para la radicación del juicio.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, de forma pacífica y reiterada ha establecido que la radicación de una causa, es una excepción al principio de competencia territorial y para que proceda, debe darse por lo menos, uno de los supuestos establecidos en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma forma, ha sido reiterado el criterio de la Sala de que la alarma o escándalo público debe ser tal, que influya injustamente en el proceso valorativo del juez que va a dictar el fallo. Así las cosas, del escrito presentado por el solicitante ni de las fotografías, se evidencia que existan juicios previos de valor por parte de los jueces y fiscales vinculados al proceso y que hicieran presumir una parcialidad de los mismos.
Dispositiva
Por las razones anteriormente señaladas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de radicación requerida por el defensor de la ciudadana acusada YARITZA TIBISAY SÁNCHEZ.