Sentencia N° 383 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de mayo de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 383, Exp. E22-134, 24/11/2022
ExpedienteE22-134
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2022-05-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 149, en la que se acordó notificar a la República Italiana sobre el término de cien días para presentar la solicitud formal de extradición del ciudadano EDUARDO JOSÉ GIL PALOMO, requerido por delitos relacionados con narcotráfico. Se establece que, de no presentarse la documentación requerida en el plazo estipulado, se ordenará la libertad del mencionado ciudadano. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los tratados internacionales y la legislación venezolana sobre extradición.

Extracto de la motiva

En vista de lo advertido anteriormente, esta Sala de Casación Penal, tomando en consideración que no existe fehacientemente información veraz respecto al ciudadano EDUARDO JOSÉ GIL PALOMO, titular de la cédula de identidad venezolana N° 6.042.835, y que no consta la documentación judicial necesaria que sustente el referido requerimiento extradicional, en los términos expuestos en la sentencia N° 149, de fecha 23 de mayo de 2022, siendo que no concurre por parte de los organismos competentes una data que afirme la situación jurídica del mismo, es por lo que se acuerda colocar a dicho ciudadano a la orden del Tribunal Vigésimo Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con el fin de que se proceda, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, luego de recibida la presente sentencia, a convocar una audiencia, previa citación de la representación del Ministerio Público, provisto de defensa, con la finalidad de verificar la situación legal del ciudadano EDUARDO JOSÉ GIL PALOMO, titular de la cédula de identidad venezolana N° 6.042.835, y se decida sobre el mantenimiento o no de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que recae sobre el prenombrado ciudadano, en concordancia con la sentencia N° 149, de fecha 23 de mayo de 2022, dictada por esta Sala de Casación Penal.

Dispositiva

Se ACUERDA colocar a la orden del Tribunal Vigésimo Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al ciudadano EDUARDO JOSÉ GIL PALOMO, a los fines que se proceda, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes luego de recibida la presente sentencia, a convocar una audiencia, previa citación del Ministerio Público y provisto de defensa, con la finalidad de verificar la situación jurídica del ciudadano previamente mencionado, y se decida sobre el mantenimiento o no de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que recae sobre el mismo.

Palabras clave

extradiciónnarcotráficoEDUARDO JOSÉ GIL PALOMO

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