Sentencia N° 382 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de noviembre de 2022
TSJ/SCP, Sent. N° 382, Exp. E22-343, 24/11/2022
ExpedienteE22-343
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2022-11-24
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano NERVIS GERARDO VILLALOBOS CÁRDENAS, quien se encuentra en el Reino de España, por la presunta comisión de delitos de malversación simple, aprovechamiento fraudulento de fondos públicos, legitimación de capitales y asociación. Se establece que los delitos son constitutivos de delito tanto en la legislación venezolana como en la española, cumpliendo así con el principio de doble incriminación.
Extracto de la motiva
“… Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TRIBUNAL ESPECIAL CUARTO (04°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL CON COMPETENCIA EN CASOS VINCULADOS CON DELITOS ASOCIADOS AL TERRORISMO CON JURISDICCIÓN A NIVEL NACIONAL. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA MEDIDA ALDE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de de los ciudadanos contra de los ciudadanos RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARRENO, titular de la cédula de identidad número V- 5.479.706, JUAN ANDRES WALLIS BRANDT titular de la cédula de identidad número V- 6.815.777, VICTOR AULAR BLANCO titular de la cédula de identidad número V-6.835.572., LUIS ALBERTO OBERTO titular de la cédula de identidad número V-12.624.295, IGNACIO OBERTO titular de la cédula de identidad número V.-15.761.675, NERVIS GERARDO VILLALOBOS CARDENAS, titular de la cédula de identidad número V.-7.830.467 ABRAHAM EDGARDO ORTEGA MORALES, titular de la cédula de identidad número V.-6.865.038 y LEOPOLDO ALEJANDRO BETANCOURT LOPEZ, titular de la cédula de identidad número V.-15.394.369. por considerarlo participe en la comisión de los delitos de: APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PÚBLICOS, previsto Y sancionado en el artículo 74 de la Ley Contra la Corrupción, MALVERSACION SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley Contra la Corrupción, LEGITIMACION DE CAPITALES, previsto y sancionado en el artículo 35 y >>ASOCIACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 37, ambos de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. De conformidad con lo establecido en los Artículos 236, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y una vez que se logre la captura del mismo sea presentado ante este Tribunal de Control a los fines de realizar la correspondiente Audiencia para Oír al Imputado. Líbrese la correspondiente ORDEN DE APREHENSION, mediante oficio dirigido al Jefe de la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y a la POLICIA INTERNACIONAL INTERPOL….”(sic).
Dispositiva
Se declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano NERVIS GERARDO VILLALOBOS CÁRDENAS, titular de la cédula de identidad N° 7.830.467, al Reino de España, para ser sometido a un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de MALVERSACIÓN SIMPLE, APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PÚBLICOS, LEGITIMACIÓN DE CAPITALES y ASOCIACIÓN.