Sentencia N° 381 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de octubre de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 381, Exp. C12-228, 24/10/2012
ExpedienteC12-228
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-10-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por los apoderados judiciales de Luisa Elena Wilson de Morales, en relación a la decisión de la Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer. La Corte había decretado el sobreseimiento de la causa seguida contra Milton David Morales por violencia psicológica y patrimonial, argumentando que no se habían probado los elementos necesarios para sustentar los delitos denunciados.

Extracto de la motiva

El delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, prevé lo siguiente: ‘Quien mediante tratos humillantes y vejatorios, ofensas, aislamiento, vigilancia permanente, comparaciones destructivas o amenazas genéricas constantes, atente contra la estabilidad emocional o psíquica de la mujer, será sancionado con prisión de seis a dieciocho meses.’ Por otra parte, los delitos de VIOLENCIA PATRIMONIAL y ECONÓMICA, contemplados en el artículo 50 de la ley ut supra mencionada, refieren lo siguiente: ‘El cónyuge separado legalmente o el concubino en situación de separación de hecho debidamente comprobada, que sustraiga, deteriore, destruya, distraiga, retenga, ordene el bloqueo de cuentas bancarias o realice actos capaces de afectar la comunidad de bienes o el patrimonio propio de la mujer, será sancionado con prisión de uno a tres años.’ La misma pena se aplicará en el supuesto de que no exista separación de derecho, pero el autor haya sido sometido a la medida de protección de salida del hogar por un órgano receptor de denuncia o a una medida cautelar similar por el Tribunal de Control, Audiencias y Medidas competente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por las apoderadas judiciales de la ciudadana Luisa Helena Wilson de Morales, conforme a lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

violencia psicológicaviolencia patrimonialsobreseimientorecurso de casacióninadmision

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