Sentencia N° 380 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de agosto de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 380, Exp. C09-119, 05/08/2009
ExpedienteC09-119
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-08-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, decide sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de Deninson Rafael Jobo Berroterán, quien fue condenado por robo agravado de vehículo automotor. La Sala observa que la Corte de Apelaciones incurrió en falta de motivación al confirmar el fallo, ya que no justificó adecuadamente su decisión, dejando dudas sobre la materialidad del delito. Por lo tanto, se declara con lugar el recurso de casación y se ordena a la Corte de Apelaciones resolver la denuncia planteada en el recurso de apelación.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la razón asiste al recurrente, pues ciertamente el fallo refutado al resolver el vicio se limitó a transcribir los diferentes actos procesales celebrados a lo largo de todo el proceso, no expresando con motivación propia, claramente el por qué considera que el fallo impugnado no adolece del vicio de inmotivación denunciado, dejando dudas e interrogantes sin resolver. Asimismo, ha sostenido la Sala, que en aras al principio de tutela judicial efectiva, según el cual no sólo se garantiza obtener de los tribunales una sentencia o resolución, y el acceso al procedimiento, a la utilización de recursos y la posibilidad de remediar irregularidades procesales determinantes de indefensión, éste, también debe garantizar una motivación suficiente, una decisión judicial razonada sobre todas las pretensiones deducidas que exterioricen el proceso mental conducente a su parte dispositiva.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de Casación interpuesto por el abogado Rómulo Betancourt Piñero, procediendo en su carácter de Defensor del ciudadano DENINSON RAFAEL JOBO BERROTERÁN, por ello ORDENA a la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, resolver la denuncia contenida en el Recurso de Apelación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

robo agravadovehículo automotorcasaciónfalta de motivacióntutela judicial efectivadefensasentenciaCorte de Apelaciones

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