Sentencia N° 38 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de febrero de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 38, Exp. C07-0006, 22/02/2007
ExpedienteC07-0006
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-02-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por el defensor de JAVIER ANTONIO VILLANUEVA HERNÁNDEZ, quien había sido declarado inadmisible en la Corte de Apelaciones. La Sala determinó que la decisión de la Corte de Apelaciones no era recurrible en casación, ya que no ponía fin al proceso ni hacía imposible su continuación. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso de casación.

Extracto de la motiva

El defensor del acusado JAVIER ANTONIO VILLANUEVA HERNÁNDEZ, interpuso recurso de casación contra la decisión que dictó la Sala Única de la Corte de Apelaciones que DECLARÓ INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el defensor del acusado contra la decisión que dictó el Juzgado Cuarto en Función de Control, mediante la cual ORDENÓ LA APERTURA AL JUICIO ORAL Y PÚBLICO al mencionado acusado, por el delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO. Al respecto, el Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 459, establece cuales son las decisiones recurribles en casación, en los siguientes términos: “El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas. Asimismo serán inimpugnables las decisiones de las cortes de apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aun cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado JAVIER ANTONIO VILLANUEVA HERNÁNDEZ. Así se declara.

Palabras clave

recurso de casacióninadmisiondelitosustancias estupefacientesjuicio oralCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal

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