Sentencia N° 379 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de junio de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 379, Exp. C25-309, 20/06/2025
ExpedienteC25-309
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-06-20
DecisiónSe desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la abogada Normedys Harringhton, en representación de los ciudadanos PABLO LUIS GARCÍA NAVAS y MARYVI MAYERLING DOMÍNGUEZ, quienes habían sido condenados por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y obstrucción a la administración de justicia. La decisión de la Corte de Apelaciones, que declaró sin lugar el recurso de apelación, fue confirmada por el TSJ, argumentando que la defensa no cumplió con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la fundamentación del recurso. La sentencia condenatoria original fue emitida el 10 de septiembre de 2024 y publicada el 24 de septiembre de 2024.
Extracto de la motiva
motivación y falta de certeza que caracterizan a la sentencia del tribunal de instancia, la cual sin que concurran los supuestos de hecho normativos y sin que se hubiese demostrado de manera contundente e indubitable, mediante la actividad probatoria que se desarrolló durante el juicio oral y público ventilado en el Tribunal Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, la certeza de la participación activa y efectiva de los ciudadanos PABLO LUIS GARCIA NAVAS, Y MARVIN MAYERLING DOMINGUEZ, en los hechos objeto del proceso penal instaurado, los cuales son expuestos en forma vaga, genérica e imprecisa por la jurisdicente en función de juicio en lo que respecta a la intervención de los encausados, lo que obviamente produce un menoscabo en el efectivo ejercicio del derecho a la defensa, que le debe garantizar el Estado por intermedio de los órganos de justicia competentes, recogido en el artículo 49.1 del texto constitucional. De la revisión y análisis del Capítulo IV denominado "EXPOSICIÓN CONCISA DE SUS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO", se observa, que no se desprende de los hechos expuestos en este capítulo, que corresponde a los hechos que la jurisdicente de juicio estima acreditados, la absoluta certeza de la participación y/o intervención de los ciudadanos PABLO LUIS GARCIA NAVAS, Y MARVIN MAYERLING DOMINGUEZ, en la ejecución de las acciones u omisiones que exige la norma sustantiva penal para que se tenga por materializado el delito de previsto TRÁFICO ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN Y OBSTRUCCIÓN A LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUSTICIA ; cuyo sustrato factico no se encuentra afincado en la narración expositiva de los hechos que el tribunal de instancia estima acreditados, como lo exige de manera expresa el numeral 3 del artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación, ejercido por la abogada Normedys Harringhton, en su carácter de Defensora Pública Provisoria Centésima (100ª) con competencia en Materia Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, actuando con el carácter de defensora de los ciudadanos PABLO LUIS GARCÍA NAVAS y MARYVI MAYERLING DOMÍNGUEZ.
Palabras clave
tráfico ilícitosustancias estupefacientescasaciónobstrucción a la administración de justicia