Sentencia N° 379 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de octubre de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 379, Exp. C12-100, 23/10/2012
ExpedienteC12-100
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-10-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de JOSÉ ONOFRE VERGARA VILLEGAS, anulando la sentencia de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La decisión se fundamenta en la falta de motivación de la sentencia recurrida, donde se evidenció que el tribunal de apelación no realizó un análisis adecuado de las pruebas y no se pronunció sobre las circunstancias calificantes del delito de homicidio calificado.

Extracto de la motiva

La defensa al interponer el recurso de apelación, alegó que la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio, infringió normas relativas a la falta manifiesta en la motivación de la sentencia. Asimismo invocó la defensa que existe contradicción al momento de valorar a los testimoniales promovidos por la defensa del acusado, debido a que a la sentenciadora le sirvieron estos testigos para determinar el cuerpo del delito, mas no para establecer su responsabilidad, por cuanto no generaban convencimiento porque manifestaron que conocían al acusado desde hace tiempo. Por otra parte, la defensa en la apelación, manifestó que en ningún momento la juez motivó la sentencia, en el sentido de explicar razonadamente, analizar, comparar y valorar los elementos o pruebas que determinaron la existencia del delito de Homicidio Calificado con Alevosía y por Motivos Fútiles e innobles, así como tampoco la motivación de las calificantes del delito por las cuales se condenó al acusado.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar el recurso de casación propuesto por el Defensor Público Cuadragésimo Quinto (45°) del Área Metropolitana de Caracas del acusado JOSÉ ONOFRE VERGARA VILLEGAS. Anula la sentencia dictada por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 04 de octubre de 2011 y ordena la remisión de las actuaciones al Presidente del citado Circuito Judicial Penal, para que en Sala Accidental la citada Corte de Apelaciones, conozca el recurso de apelación interpuesto y dicte una nueva decisión conforme a lo aquí decidido.

Palabras clave

casaciónhomicidiofalta de motivaciónderecho a la defensa

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