Sentencia N° 379 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 379, Exp. C05-0002, 07/08/2006
ExpedienteC05-0002
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-08-07
DecisiónAnula, de oficio, las sentencias dictadas por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, de fechas 25 de agosto de 2004 y 13 de diciembre de 2004; repone el proceso al estado de que otra Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, resuelva los recursos de apelación admitidos en fecha 18 de agosto de 2004.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula las sentencias dictadas por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, debido a vicios procesales que afectan el derecho a la igualdad y al debido proceso. Se observa que la Corte de Apelaciones emitió decisiones contradictorias sobre el mismo asunto, lo que generó inseguridad jurídica. La Sala ordena que otra Corte de Apelaciones resuelva los recursos de apelación admitidos en agosto de 2004, tanto del Ministerio Público como de la defensa del acusado José Ángel Manrique.
Extracto de la motiva
La Sala observa que en el presente caso, si bien es cierto que en fecha 18 de agosto de 2004, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro declaró admisibles los recursos de apelación tanto del Ministerio Público como el de la defensa del acusado, contra la decisión dictada en fecha 09 de julio de 2004, por el Juzgado Primero de Control del citado Circuito Judicial Penal, también es cierto que en fecha 25 de agosto de 2004, la referida Corte de Apelaciones sólo resolvió la apelación interpuesta por la defensa, la cual declaró con lugar, anuló la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta al acusado y, en su lugar, otorgó medida cautelar sustitutiva de libertad (sentencia ésta contra la cual el Ministerio Público recurre en casación) y, no es sino hasta el día 13 de diciembre de 2004, cuando la misma Corte de Apelaciones conoció de la apelación del Ministerio Público, declarándola con lugar, anulando la audiencia preliminar celebrada en fecha 09 de julio de 2004 y retrotrayendo la causa al estado de convocar a una nueva audiencia preliminar.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: 1.-anula, de oficio, las sentencias dictadas por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, de fechas 25 de agosto de 2004 y 13 de diciembre de 2004; 2.-repone el proceso al estado de que otra Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, resuelva los recursos de apelación admitidos en fecha 18 de agosto de 2004, propuestos tanto por el Ministerio Público, como por la defensa del acusado José Ángel Manrique, todo de conformidad con los artículos 455, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal; 3.-remite el expediente al Juez Presidente del citado Circuito Judicial Penal a los fines legales conducentes.
Palabras clave
lesiones personalesapelaciónCorte de Apelacionesdebido procesovicios procesalesinseguridad jurídicamedida cautelar