Sentencia N° 379 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de junio de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 379, Exp. C05-0005, 16/06/2005
ExpedienteC05-0005
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-16
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por los apoderados judiciales de la ciudadana MARGARITA MARTÍNEZ DE FRANCO, quien había sido condenada por el delito de injuria agravada. La decisión se basa en que la sentencia condenatoria no es recurrible en casación, ya que la pena impuesta no excede los límites establecidos por el Código Orgánico Procesal Penal para este tipo de recursos. La Sala fundamenta su decisión en el artículo 459 del mencionado código, que establece las condiciones para la admisibilidad de los recursos de casación.
Extracto de la motiva
El delito por el cual fue acusada y condenada la ciudadana MARGARITA MARTÍNEZ DE FRANCO es el de INJURIA AGRAVADA, tipificado en los artículos 446 y 447 del Código Penal y la pena en su límite máximo no excede de cuatro años. Por lo tanto esa sentencia no es recurrible en casación pues no se trata de las decisiones que el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal señala como impugnables a través de ese recurso.
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por los apoderados judiciales de la ciudadana acusada MARGARITA MARTÍNEZ DE FRANCO, contra el fallo dictado el 4 de noviembre de 2004 por la Sala Tres de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
injuria agravadarecurso de casaciónCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penaldecisión judicialapelacióncondena