Sentencia N° 378 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de octubre de 2016
TSJ/SCP, Sent. N° 378, Exp. C16-222, 14/10/2016
ExpedienteC16-222
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2016-10-14
DecisiónADMITE
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por los abogados Horacio Morales León, Kristel González e Iván Rojas, en representación de un adolescente sancionado por homicidio calificado. La decisión impugnada había confirmado la sanción de privación de libertad por cinco años impuesta por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio. La Sala se declaró competente para conocer del recurso, fundamentando su decisión en las atribuciones que le confiere la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
Previamente, esta Sala de Casación Penal debe determinar su competencia para conocer del presente Recurso de Casación, y, en relación con su conocimiento, el artículo 266, numeral 8, de la Constitución, y el artículo 29, numeral 2, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia disponen lo siguiente: “Artículo 266. Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia: (...) 8. Conocer del recurso de casación”. Del contenido de los dispositivos transcritos, se observa que corresponde a la Sala de Casación Penal el trámite de los recursos de casación, y dado que el medio de impugnación incoado en esta oportunidad es al que se refieren las normas citadas, esta Sala se declara competente para conocer del recurso formulado. Así se establece.
Dispositiva
PRIMERO: ADMITE el recurso de casación incoado por los abogados Horacio Morales León, Kristel González e Iván Rojas, quienes representan a una persona que era adolescente para la fecha en que ocurrieron los hechos, contra la decisión dictada por la Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, del 2 de mayo de 2014, en la cual confirmó la decisión dictada, el 18 de diciembre de 2015, y publicada, el 4 de enero de 2016, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio, Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del referido Circuito Judicial Penal, que lo declaró responsable y lo sancionó a cumplir la medida de privación de libertad prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de Homicidio Calificado, tipificado en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal. SEGUNDO: CONVOCA a las partes a una audiencia oral y pública que deberá realizarse en un plazo no menor de quince ni mayor de treinta días.