Sentencia N° 378 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de junio de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 378, Exp. 04-0340, 16/06/2005
Expediente04-0340
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-06-16
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara inadmisible la solicitud de interferencia presentada por el juez JESÚS ALBERTO BERRO VELÁSQUEZ, argumentando que la competencia sobre el traslado de penados corresponde a los Ministerios de Justicia de ambos Estados y no a los tribunales de ejecución. La Sala fundamenta su decisión en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece la competencia de los tribunales de ejecución en relación con la ejecución de penas y medidas de seguridad impuestas por sentencias firmes.
Extracto de la motiva
La Sala observa que no es competencia de los tribunales de ejecución sino de “... los Ministerios de Justicia de ambos Estados...” la autorización de las peticiones relacionadas con el traslado de nacionales españoles condenados a medidas privativas de libertad, por sentencias definitivamente firmes en la República Bolivariana de Venezuela, para ser cumplidas en el Reino de España. El artículo 4 del Código Orgánico Procesal Penal señala: “Autonomía e independencia de los jueces. En el ejercicio de sus funciones los jueces son autónomos e independientes de los órganos del Poder Público y sólo deben obediencia a la ley y al derecho (sic). En caso de interferencia en el ejercicio de sus funciones los jueces deben informar al Tribunal Supremo de Justicia sobre los hechos que afecten su independencia, a los fines de que la haga cesar” (resaltado de la Sala).
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara inadmisible la solicitud de interferencia presentada por el ciudadano abogado JESÚS ALBERTO BERRO VELÁSQUEZ, juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.