Sentencia N° 378 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de octubre de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 378, Exp. C03-0232, 23/10/2003
ExpedienteC03-0232
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-10-23
DecisiónAnula de oficio las sentencias dictadas y ordena la realización de un nuevo juicio oral.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de Richard Antonio Viera Colmenarez, quien fue condenado por distribución de sustancias estupefacientes y detentación de arma de fuego. La Sala constató vicios en las sentencias previas que llevaron a la nulidad de las mismas, argumentando que la Corte de Apelaciones no subsanó la falta de motivación de la sentencia del tribunal de juicio. En consecuencia, se ordenó la realización de un nuevo juicio oral y público ante otro tribunal.
Extracto de la motiva
Esta Sala antes de pronunciarse en relación al recurso de casación interpuesto, ha revisado las sentencias dictadas contra el acusado RICHARD ANTONIO VIERA COLMENAREZ y ha constatado la existencia de un vicio, el cual acarrea la nulidad de las mismas, y conforme a lo establecido en el artículo 257 de la Constitución de la República, el cual establece que no se sacrificará la justicia por formalidades no esenciales, así como el derecho que tiene todo imputado a que se le siga un debido proceso y le sea aplicada una pena justa, procede a ANULAR DE OFICIO la decisión dictada en fecha 14 de noviembre de 2002 por el Tribunal de Juicio No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que CONDENO al imputado RICHARD ANTONIO VIERA COLMENAREZ a sufrir la pena de 19 años de prisión, como autor de los delitos de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y 5 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, y la sentencia dictada en fecha 18 de febrero del año 2003 por la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial Penal, que DECLARO SIN LUGAR la apelación interpuesta; y DE OFICIO CONDENO al nombrado ciudadano a sufrir la pena de 10 años de prisión como autor del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ANULA DE OFICIO las sentencias dictadas por el Juzgado de Juicio No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y por la Sala Unica de la Corte de Apelaciones de la referida Circunscripción Judicial, y ORDENA la realización de un nuevo juicio oral, ante otro Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a los fines de que dicte nueva sentencia prescindiendo de los vicios que dieron lugar a la presente nulidad.
Palabras clave
distribucion de sustancias estupefacientesdetentacion de arma de fuegonulidadcasacion penaldebido procesomotivacion de sentencias