Sentencia N° 378 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de julio de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 378, Exp. C01-0822, 30/07/2002
ExpedienteC01-0822
PonenteRAFAEL PEREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-07-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Hernán Eduardo Infante Duarte, quien había sido condenado a quince años de presidio por homicidio calificado. La defensa argumentó que la Corte de Apelaciones no consideró adecuadamente el perjuicio sufrido por su defendido al modificar la pena impuesta. Sin embargo, la Sala determinó que la modificación de la pena era válida y que la casación del fallo sería inútil, ya que la pena impuesta era la correcta según la ley vigente en el momento de la sentencia.
Extracto de la motiva
En el presente caso, estima la Sala que el Juzgado de Control, modificó su propio fallo en una parte sustancial, como lo es la pena impuesta al acusado. La prohibición de reforma contenida en el artículo 193 del Código Orgánico Procesal Penal, tiene su razón de ser en que, después de haberse dictado una sentencia o auto, el tribunal no puede reformarlo. Si la decisión tiene recurso, corresponde al juez superior resolver el asunto objeto del mismo. No obstante lo expuesto, el vicio en el cual incurrió tanto el Juzgador de la primera instancia como el de la Corte de Apelaciones, la cual, al declarar sin lugar la apelación de la defensa, convalidó el error del Juez de Control, la Sala considera que la casación del fallo sería inútil, pues, para la fecha en que se dictó la sentencia condenatoria, estaba vigente la reforma parcial del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 25 de agosto de 2000, la cual, como se dijo, en el artículo 375, en los casos de delitos con violencia contra las personas, no permite imponer una pena inferior al límite mínimo de aquella que establece la ley para el delito correspondiente.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara sin lugar el recurso de casación propuesto por la defensa del imputado Hernán Eduardo Infante Duarte. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de casaciónpenaCódigo Orgánico Procesal PenalTribunal Supremo de JusticiaCorte de Apelacionesdefensasentencia