Sentencia N° 377 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de diciembre de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 377, Exp. C14-107, 02/12/2014
ExpedienteC14-107
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-12-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado Eduardo Rafael Parra Sánchez, en representación de los acusados Luis Alberto Serrano Gutiérrez y Víctor José Serrano Andrade, quienes habían sido condenados por robo agravado. La Corte de Apelaciones había modificado la pena impuesta, pero la defensa alegó una errónea interpretación de la norma sobre la atenuante de la pena. Sin embargo, la Sala consideró que la denuncia no cumplía con los requisitos para ser admitida, ya que no se evidenció un vicio que justificara la nulidad del fallo.

Extracto de la motiva

La Defensa Pública alega la infracción del artículo 74, numeral 1, del Código Penal, por errónea interpretación, sin expresar de que manera la Corte de apelaciones intrepretó erradamente la referida norma. Al respecto es criterio reiterado de la Sala que para denunciar, mediante el recurso de casación, la errónea interpretación de una norma, debe ponerse de manifiesto, en primer lugar, cuál fue la interpretación dada a la misma por parte de la recurrida, porqué (en criterio de quien recurre) fue erradamente interpretada la mencionada disposición, cuál es la interpretación, que a juicio del denunciante, debe dársele y cuál es la relevancia o influencia que tiene el vicio en el dispositivo del fallo recurrido, a los fines de poder determinar si efectivamente, se afectó de manera determinante la resolución del caso que hiciera procedente su declaratoria de nulidad o si constituyó la violación de algún derecho o garantía legal o constitucional.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación propuesto el ciudadano abogado EDUARDO RAFAEL PARRA SÁNCHEZ, Defensor Público Auxiliar Décimo Séptimo (encargado), adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, en representación de los ciudadanos acusados LUIS ALBERTO SERRANO GUTIÉRREZ y VÍCTOR JOSÉ SERRANO ANDRADE. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

robo agravadocasaciónpena

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