Sentencia N° 376 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de julio de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 376, Exp. C08-0186, 22/07/2008
ExpedienteC08-0186
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-07-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por los apoderados del demandado Víctor Hugo Romero Arias, en el contexto de una demanda por reparación de daños e indemnización de perjuicios. La Corte de Apelaciones había anulado una sentencia anterior y ordenado que un nuevo juez dictara una nueva decisión, lo que llevó a la Sala a concluir que tal pronunciamiento no era susceptible de casación, ya que no ponía fin al proceso ni hacía imposible su continuación.
Extracto de la motiva
Los apoderados judiciales del ciudadano demandado VÍCTOR HUGO ROMERO ARIAS, interpusieron recurso de casación contra el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, que DECLARÓ CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por ellos mismos, y en consecuencia ANULÓ la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio del mencionado Circuito Judicial Penal, y ORDENÓ que un juez de ese Circuito, distinto al que pronunció el fallo anulado, dicte nueva sentencia, prescindiendo de los vicios que acarrearon dicha nulidad. Ahora bien, tal decisión fue acogida por la recurrida en virtud de que previamente admitió el recurso de apelación propuesto, toda vez que desaplicó por control difuso de la constitucionalidad el último aparte del artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, en lo que respecta a la no recurribilidad de la sentencia dictada con ocasión del procedimiento para la reparación del daño e indemnización de perjuicios, decisión esta que fue juzgada conforme a derecho por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 562 del 14 de abril de 2008, por ser contrario a lo establecido en los artículos 26 y 40 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 2 numeral 3, literal 'a', y 14 numeral 5, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 8 de la Declaración de los Derechos Humanos, y los artículos 25 numeral 1, y 8 numeral 2 literal 'h', ambos de la Declaración Americana sobre los Derechos Humanos.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DESESTIMA POR INADMISIBLE, el recurso de casación interpuesto por los apoderados judiciales del ciudadano demandado VÍCTOR HUGO ROMERO ARIAS. Así se declara.
Palabras clave
recurso de casaciónreparación de dañosindemnización de perjuiciosdebido procesotutela judicial efectivaCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalsentencia