Sentencia N° 372 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de octubre de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 372, Exp. R12-229, 11/10/2012
ExpedienteR12-229
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicacion
Fecha de la decisión2012-10-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de octubre de 2012, declaró sin lugar la solicitud de radicación presentada por la defensa del ciudadano ÉDGAR CRISÓSTOMO BRITO GUEDES, quien enfrenta cargos por delitos graves relacionados con el tráfico de sustancias estupefacientes y legitimación de capitales. La Sala argumentó que no se cumplían las condiciones necesarias para la radicación, ya que no se demostró que los delitos hubieran causado alarma o escándalo público, ni que el proceso estuviera paralizado indefinidamente.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que la desconfianza que le puede merecer a las partes los Administradores de Justicia, no supone alarma, sensación o escándalo público, como lo quiere hacer ver el solicitante y menos aún una circunstancia para que proceda la radicación del juicio. Al respecto esta Sala ha establecido: “(...) cabe señalar que la ley garantiza la debida imparcialidad de los jueces, a través de una serie de normas a las cuales pueden recurrir las partes para hacer efectiva dicha imparcialidad. Por ello la Sala advierte que la desconfianza que le puede merecer a las partes los funcionarios encargados de administrar justicia no supone una circunstancia que proceda la radicación del juicio (...)”.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de radicación planteada por la Defensa Privada del ciudadano acusado ÉDGAR CRISÓSTOMO BRITO GUEDES. Así se decide.