Sentencia N° 37 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de febrero de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 037, Exp. C17-018, 20/02/2017
ExpedienteC17-018
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-02-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de Antonio Rafael Calvo Matos, quien fue condenado a 20 años de prisión por abuso sexual a una adolescente y extorsión. La defensa alegó falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones, pero la Sala concluyó que la denuncia carecía de fundamentación adecuada y que la decisión del tribunal de alzada estaba debidamente motivada. Se reafirma la importancia de la motivación en las decisiones judiciales como garantía del debido proceso.
Extracto de la motiva
La Defensa Pública planteó como única denuncia la falta de motivación de la sentencia dictada por el Tribunal de Alzada, refiriendo “la violación de la ley, por la infracción del artículo (sic) 157 y 346, numeral cuarto eiusdem, por considerar que la decisión dictada por la Corte de Apelaciones ... es inmotivada, ya que no estableció de manera precisa, cónsona y articulada cuales fueron los argumentos estimados para declarar que la sentencia del Tribunal de Juicio ... cumple los requisitos establecidos en el artículo 346 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, y en qué forma cumplió con el debido proceso y con el deber de motivar el fallo...”. A la luz de lo planteado, advierte la Sala que el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, con respecto a la fundamentación de las denuncias, establece lo siguiente: “Artículo 454... Se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación, o por errónea interpretación, expresando de qué modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios. Fuera de esta oportunidad no podrá aducirse otro motivo.” (Resaltado de la Sala). Constatando la Sala que, a lo largo de todo el escrito recursivo, la Defensa Pública no mencionó por cuál de los motivos debería proceder su denuncia, esto es, si es por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación, lo cual es necesario a los fines de delimitar el alcance de la denuncia y el contenido de la resolución que deba dictar la Sala.
Dispositiva
Por todo lo antes expuesto, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación interpuesto por la abogada Yulisneida Ramírez, Defensora Pública Auxiliar Octava (8°), con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida contra el ciudadano ANTONIO RAFAEL CALVO MATOS, titular de la cédula de identidad N° 14.275.209, de conformidad con lo previsto en los artículos 454 y 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
Abuso SexualExtorsiónRecurso de CasaciónFalta de Motivación