Sentencia N° 37 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de febrero de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 037, Exp. C14-113, 06/02/2015
ExpedienteC14-113
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-02-06
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por el abogado DERKYS ADELIS MENA, defensor del ciudadano YHONNY EMISAEL MARTÍNEZ CEDEÑO, quien fue condenado por el Consejo de Guerra de Maracay por el delito de sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional. La Corte Marcial había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que motivó la interposición del recurso de casación ante el TSJ.

Extracto de la motiva

La competencia para que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal conozca los recursos de casación que se ejerzan contra las decisiones de las cortes de apelaciones o cortes superiores, se encuentra establecida en el artículo 29, numeral 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone: “Es de la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia:…2. Conocer los recursos de casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal”. En consecuencia, corresponde a la Sala de Casación Penal pronunciarse sobre el recurso de casación interpuesto por el abogado DERKYS ADELIS MENA, defensor privado del ciudadano YHONNY EMISAEL MARTÍNEZ CEDEÑO. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones referidas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el abogado DERKYS ADELIS MENA, defensor privado del ciudadano YHONNY EMISAEL MARTÍNEZ CEDEÑO, contra decisión proferida el treinta (30) de noviembre de 2012 por la Corte Marcial del Circuito Judicial Penal con sede en Caracas. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Remítase el expediente.

Palabras clave

apelaciónmotivaciónpruebasdebido procesojusticia militardefensanulidad

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