Sentencia N° 37 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de marzo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 037, Exp. C05-0104, 29/03/2005
ExpedienteC05-0104
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-03-29
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Rosario Niño Casanova, defensor de Chain David Luftman Sayago, quien había sido condenado a catorce años de prisión por transporte ilícito de sustancias estupefacientes. El abogado alegó violaciones al debido proceso y solicitó la nulidad del juicio. La Sala de Casación Penal del TSJ desestimó el recurso por infundado, afirmando que la decisión del Tribunal de Juicio estaba ajustada a derecho y que se habían examinado adecuadamente las pruebas.
Extracto de la motiva
Con fundamento en lo establecido en el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal, el defensor del ciudadano CHAIN DAVID LUFTMAN SAYAGO denunció, por falta de aplicación, los artículos 190, 191, 197 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 25 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y alegó que la Corte de Apelaciones “… al haber confirmado la decisión recurrida ante las evidentes violaciones al debido proceso de que fue objeto la presente causa y que fue denunciado por vía de excepción en la apertura del juicio oral y público...”. Entre otras consideraciones, agrega el recurrente en su escrito lo siguiente: “…De acuerdo a lo expuesto es evidente que la Decisión de la Corte de Apelaciones dejó de aplicar las normas contenidas en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal y de los artículos 25 y 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela al no decretar la nulidad de la decisión del Tribunal de Juicio que indiscutiblemente se fundó en una prueba obtenida ilegalmente (…) pues demostrado quedó que la maleta que presuntamente contenía la sustancia incautada no pudo ser vinculada al acusado...”. El recurrente señaló unos supuestos vicios que afectan el juicio seguido a su defendido y según sus alegatos, fueron cometidos a través del proceso en curso en el Tribunal de Primera Instancia y solicitó la nulidad absoluta del proceso y la libertad inmediata de su defendido, sin discriminar en torno a la utilidad de tal pedimento. Por otra parte, se advierte que a la Corte de Apelaciones no le correspondió la apreciación de las pruebas en razón del principio de inmediación, contemplado en el artículo 16 del Código Orgánico procesal Penal.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por el abogado José Rosario Niño Casanova, defensor del ciudadano Chain David Luftman Sayago. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.