Sentencia N° 369 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de octubre de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 369, Exp. C17-284, 23/10/2017
ExpedienteC17-284
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-10-23
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por los abogados de la víctima, Carlos Eduardo Croes Hernández, contra la decisión de la Sala 10 de la Corte de Apelaciones. Esta última había declarado con lugar el recurso de apelación de la defensa de Mónika Yannarella Pérez, anulando la audiencia preliminar y ordenando la celebración de una nueva audiencia. La Sala de Casación Penal argumenta que el recurso no es impugnable en casación, ya que no se trata de una decisión que confirme o declare la terminación del proceso.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, establece que el recurso de casación es inadmisible, dado que la decisión recurrida no se encuentra dentro de las sentencias impugnables según el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal. Se resalta que el fallo de la Corte de Apelaciones no confirma ni declara la terminación del proceso, sino que ordena la celebración de una nueva audiencia preliminar, permitiendo así que las partes presenten sus alegatos. Por lo tanto, se concluye que el recurso interpuesto no cumple con los requisitos establecidos para su admisibilidad.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por los abogados Ángel F. Lentino M., y Leydybhy E. Graterol N., en su condición de apoderados judiciales del ciudadano Carlos Eduardo Croes Hernández, víctima en el presente proceso penal, contra la decisión dictada, el 6 de julio de 2017, por la Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar el recurso de apelación de autos interpuesto por la defensa privada de la ciudadana Mónika Yannarella Pérez, contra la decisión dictada, el 22 de marzo de 2017, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del referido Circuito Judicial Penal, con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar, anuló dicha audiencia preliminar y ordenó a otro Tribunal en funciones de Control celebrase nueva audiencia preliminar, de acuerdo con lo previsto en los artículos 451 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

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