Sentencia N° 367 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de junio de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 367, Exp. C04-0507, 14/06/2005
ExpedienteC04-0507
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-14
DecisiónNulidad de oficio
Resumen
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara la nulidad de las sentencias dictadas por el Tribunal Tercero de Juicio y la Corte de Apelaciones, argumentando que la decisión del tribunal de juicio fue contradictoria y no apreció todos los elementos probatorios presentados. Se señala que el tribunal desechó testimoniales y pruebas que debieron ser consideradas, lo que llevó a una conclusión errónea sobre la responsabilidad penal de los acusados. La Sala ordena la reposición de la causa para un nuevo juicio sin los vicios que dieron lugar a esta nulidad.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el tribunal de juicio desechó la declaración del ciudadano Rodolfo Villarroel porque consideró que era contradictoria y que la identificación hecha por un solo testigo no constituye prueba; además indicó que no apreció las experticias e informes realizados por los expertos porque no asistieron al debate. El tribunal expresó en su fallo que hubo pruebas de que un proyectil calibre .38 milímetros presentó rastros de sangre del tipo “A” y que el tipo de sangre de la víctima fallecida es del tipo “A” y que además fue disparado por el arma de ese mismo calibre, a la cual se le practicó la experticia de comparación de campos y estrías. Sin embargo, a juicio de la juzgadora no quedó demostrada la propiedad y procedencia de tal arma e igualmente señaló que el Ministerio Público no pudo establecer cómo incautó el arma, la cual fue entregada el 4 de abril de 1997 a la ciudadana juez abogada MARÍA DEL CARMEN LA RIVA en la sede del Tribunal Cuadragésimo Noveno de Primera Instancia en lo Penal del Área Metropolitana de Caracas y por el propio ciudadano acusado CIRO CABELLO como consta en el folio 135 de la pieza 3.
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes: 1) de oficio y en interés de la Ley y la Justicia ANULA las sentencias dictadas el 16 de julio de 2004 por el Tribunal Tercero de Juicio (Mixto) del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y el 23 de septiembre de 2004 por la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal; 2) ordena reponer la causa al estado en que se realice un nuevo juicio y 3) Se ordena la remisión de una copia certificada de esta decisión a la Inspectoría General de Tribunales.