Sentencia N° 365 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de julio de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 365, Exp. A24-261, 04/07/2024
ExpedienteA24-261
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2024-07-04
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara inadmisible la solicitud de avocamiento interpuesta por los abogados de JHONNY EDUARDO VARGAS, quien enfrenta cargos por abuso sexual. La decisión se basa en la falta de presentación de pruebas que demuestren graves desordenes procesales o violaciones al ordenamiento jurídico. Se argumenta que los solicitantes no agotaron los recursos ordinarios disponibles antes de recurrir al avocamiento, lo que contraviene la naturaleza excepcional de esta figura procesal.
Extracto de la motiva
motivan el ejercicio del este recurso especial, además que por tratarse de denuncia de mero derecho, el acervo que requiere el mismo, no es otro que las copias del expediente. En este sentido y acatamiento del criterio establecido en sentencia N.° 197, del 24 de mayo de 2011, dictada por la Sala de Casación Penal con ponencia de la Magistrada Ninoska Beatriz Queipo Briceño, donde se establece la necesidad del acompañamiento de copias del expediente para admitir el recurso. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 26 En este sentido, y del análisis de todos los elementos en este capitulo esgrimidos, y visto que el recurso cuenta con la suficiente robustez formal para su admisión, solicitamos que el presente avocamiento sea admitido por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. CAPITULO II DE LA PROCEDENCIA DEL PRESENTE RECURSO EXTRAORDINARIO DE AVOCAMIENTO. Ciudadanos Magistrados, procedemos a detallar punto a punto los vicios y violaciones acaecidos en el expediente KJ01-S-2022-000682, controlado por el Tribunal Segundo De Primera Instancia Estadal en Funciones De Control Audiencia, y Medidas Del Circuito Judicial En Materia De Delitos De Violencia Contra La Mujer De La Circunscripción Judicial Del Estado Lara, e investigación dirigida por la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público del Estado Lara, así como en la decisión emitida por la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos Contra la Mujer de la Región Centro Occidental en fecha 29 de abril de 2024, en asunto signado con el N.° KP01-R-2024- 133, hechos que motivan ejercer como por derecho corresponde el presente recurso de avocamiento, en salvaguarda de las garantías constitucionales del imputado así como sus derechos procesales, ya que tales desordenes, no solo lesionan sus derechos particulares, sino que afectan ostensiblemente la imagen del poder judicial, la paz pública y la institucionalidad democrática de la República, ya que tales decisiones ponen en tela de jui
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento interpuesta por los abogados Yurbi Flores y José Manuel Marín, quienes actúan como defensores privados del ciudadano JHONNY EDUARDO VARGAS.