Sentencia N° 365 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de julio de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 365, Exp. A08-47, 15/07/2008
ExpedienteA08-47
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-07-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal admitió la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Salvador Ramírez en relación a la causa penal número 6M-627, donde se imputa a Carlos Augusto Ramírez Ramírez por el delito de uso de documentos falsos. La Sala ordenó la paralización del proceso y el requerimiento del expediente al Juzgado Sexto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, debido a irregularidades en la detención del acusado y la falta de orden judicial previa.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al examinar la solicitud de avocamiento, constató que la detención del acusado Carlos Augusto Ramírez Ramírez se realizó sin la debida orden judicial, lo que constituye una violación a sus derechos fundamentales. Se argumentó que la aprehensión se basó en una supuesta comunicación que no existió, lo que generó un estado de indefensión para el acusado. La Sala destacó la necesidad de garantizar el debido proceso y la imparcialidad en la administración de justicia, considerando que la magistrada que conoció del caso había sido denunciada previamente por el acusado, lo que podría haber influido en su actuación.
Dispositiva
La Sala de Casación Penal de conformidad con el artículo 5 (numeral 48) de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, admite la presente solicitud y acuerda requerir; con la urgencia del caso el expediente contentivo de la causa y ordena a la Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, que recabe del Juzgado Sexto en Funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal (Extensión Puerto Ordaz) el expediente número 6M-627, donde aparece como imputado el ciudadano Carlos Augusto Ramírez Ramírez; y lo remita con todos los recaudos relacionados. Se ordena paralizar el proceso, de acuerdo con el aparte 12 del artículo 18 eiusdem.