Sentencia N° 364 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de octubre de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 364, Exp. C03-0110, 10/10/2003
ExpedienteC03-0110
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-10-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de José Reinaldo Cortez García, quien había sido condenado a 15 años de prisión por ocultamiento de sustancias estupefacientes. La defensa alegó varias infracciones legales en el proceso. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, desestimó el recurso de casación por infundado, pero decidió modificar la pena impuesta, reduciéndola a 10 años de prisión, considerando la cantidad de droga incautada y aplicando el principio de proporcionalidad.
Extracto de la motiva
En la primera denuncia los impugnantes plantean la infracción de varias normas legales, sin indicar la manera como fueron vulneradas cada una de ellas. Además, no señalan la influencia del vicio denunciado en el dispositivo del fallo, lo cual tampoco expresa en la segunda denuncia. En la tercera, cuarta, quinta y sexta denuncias, le atribuyen los vicios delatados al juzgador de la primera instancia y, aún cuando en estas denuncias expresan que también incurrió en dichos vicios la Corte de Apelaciones, las infracciones aducidas sólo pueden imputárseles al Juez de Juicio, al cual corresponde, en base al principio de inmediación, la apreciación de las pruebas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de casación sólo puede ser propuesto contra las sentencias de las Cortes de Apelaciones. Igualmente, las señaladas denuncias, plantean la infracción de los artículos 457, en su encabezamiento y 452, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante, se observa que los citados artículos no pueden ser infringidos por la Corte de Apelaciones, por cuanto, el artículo 457, en su encabezamiento, plantea el supuesto de que la decisión de la Corte de Apelaciones declare con lugar el recurso de apelación. Por su parte, el artículo 452, señala los motivos para interponer el recurso de apelación contra las sentencias definitivas dictadas en el juicio oral.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa, rectifica la pena impuesta al acusado José Reinaldo Cortez García y, en consecuencia, lo condena a la pena de diez (10) años de prisión, más las accesorias correspondientes, por la comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto en el artículo 34 de la Ley de la materia.
Palabras clave
ocultamiento de sustanciasestupefacientescódigo orgánico procesal penalpenaproporcionalidadderecho a la defensadue processjurisprudencia