Sentencia N° 363 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de noviembre de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 363, Exp. C14-82, 19/11/2014
ExpedienteC14-82
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-11-19
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, resolvió el recurso de casación interpuesto por la abogada Almarina Ferrer Guerrero en representación de Julio Alimir Díaz Gómez, quien había sido condenado a 15 años de prisión por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y uso de menores para delinquir. La Sala desestimó el recurso por considerarlo infundado, argumentando que la Corte de Apelaciones había actuado conforme a derecho al declarar sin lugar el recurso de apelación presentado por la defensa. La decisión se fundamentó en la falta de aplicación de los principios de presunción de inocencia y motivación de las sentencias, así como en la valoración de las pruebas presentadas en el juicio.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, al resolver el recurso de apelación, consideró que la sentencia dictada por el tribunal de juicio carecía de los elementos constitutivos de los delitos de tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, y uso de niños, niñas o adolescentes para delinquir. La defensa argumentó que existía contradicción en la valoración de los elementos de prueba y ausencia de responsabilidad penal de su representado. Sin embargo, la Sala de Casación Penal concluyó que la Corte de Apelaciones actuó correctamente al desestimar el recurso, ya que la decisión impugnada no adolecía de los vicios denunciados por la defensa.

Dispositiva

DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación presentado por la abogada ALMARINA FERRER GUERRERO, Defensora Pública Segunda en Materia Penal Ordinario con sede en Barquisimeto, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Lara, en representación del ciudadano JULIO ALIMIR DÍAZ GÓMEZ, contra decisión dictada el veintidós (22) de noviembre de 2013 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara.

Palabras clave

Recurso de CasaciónTráfico IlícitoSustancias EstupefacientesUso de MenoresPresunción de Inocencia

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